martes, 31 de marzo de 2015

Los derechos de las personas mayores en España

 Los derechos de las personas mayores en España son de vital importancia para garantizar su bienestar y calidad de vida. Desde el acceso a la protección social y el derecho a la salud, hasta la participación activa en la sociedad y la atención en situaciones de dependencia, existen normativas y políticas que buscan su protección integral.

La vivienda digna, la igualdad de oportunidades y el respeto a su autonomía son pilares fundamentales en la defensa de los derechos de nuestros mayores en España. En este artículo, exploraremos los diversos aspectos que involucran los derechos de las personas mayores en nuestro país.

 


 https://pimosa.gal/los-derechos-de-las-personas-mayores-en-espana/


Artículo 25 - Derechos de las personas mayores

La Unión reconoce y respeta el derecho de las personas mayores a llevar una vida digna e independiente y a participar en la vida social y cultural.

  • Este artículo se inspira en el artículo 23 de la Carta Social Europea revisada y en los puntos 24 y 25 de la Carta Comunitaria de los Derechos Sociales Fundamentales de los Trabajadores. La participación en la vida social y cultural incluye por supuesto la participación en la vida política.

    Source:
    Diario Oficial de la Unión Europea C 303/17 - 14.12.2007
    Preamble - Explanations relating to the Charter of Fundamental Rights:
    Las presentes explicaciones fueron elaboradas inicialmente bajo la responsabilidad del Praesidium de la Convención que redactó la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea. Han sido actualizadas bajo la responsabilidad del Praesidium de la Convención Europea, a la vista de las adaptaciones de la redacción del texto de la Carta realizadas por la Convención (en particular, los artículos 51 y 52) y de la evolución del Derecho de la Unión. Si bien no tienen por sí mismas valor jurídico, constituyen un valioso instrumento de interpretación con objeto de aclarar las disposiciones de la Carta.

No hay comentarios:

Publicar un comentario